Planificación fiscal

"La planificación fiscal es la correcta y eficiente organización del cumplimiento tributario en forma y tiempo".


Una correcta planificación fiscal, desde el punto de vista de cumplimiento debe asegurar que se liquiden y presenten todas declaraciones, informes y otros formularios aplicables a la entidad, así evitar multa, recargos, intereses y todo tipo de sanciones.


Pero, cuanto saben si realmente están pagando las cantidades correctas? En mi experiencia la correcta clasificación de los registros y cuentas pueden llevar a incurrir en pago de impuestos fue de la realidad del flujo de caja que mantiene la compañía. Los principales impuestos que hemos encontrados son impuestos sobre la renta y aviso operación.


Los impuestos nacional se pagan, en base a las ganancia, entre más ganancias, más impuestos, sin embargo, si su compañía esta perdiendo o sus resultados no son tan favorables realice un diagnostico de las obligaciones tributarias.


Nuestra recomendación es:

  • Registre, facturé y declaré los ingresos en base al cumplimiento del traspaso de riesgos y beneficios asociados.
  • Asegúrese de reconocer todos los costos y gastos relacionados a los ingresos de igual periodo.
  • Evalué un resultado preliminar que vislumbre el posible resultado final.
  • Documente la información necesario para aplicar a incentivos fiscales.
  • Evalué la posibilidad de presentar declaraciones de dividendos antes de finalizar el año.

Opinión:

Si bien, las profesiones liberales, artesanales y artísticas, no están obligados a facturar de manera electrónica o por equipo fiscal, consideremos, que aún prevalece la obligación de documentar todas las operaciones relativas a la transferencia o prestación de los servicios y que sigue siendo potestad de la Dirección General de Ingresos la verificación de los documentos de sustentos que puedan sostener los correctos registros y liquidación de las respectivas obligaciones tributarias.

Y quizás dando ideas la DGI, quienes aplican y quienes no a este segmento de Profesiones liberales, artesanales y artísticas.

FACTURACIÓN ELECTRONICA PARA PROFESIONES LIBERALES, ARTESANALES Y ARTISTICAS

La decisión de la Corte Suprema de Justicia

"Los servicios prestados en ejercicio d profesionales liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedad civiles, se encuentran exceptuadas del uso de equipos fiscales o sistema de facturación electrónica de Panamá".

Que significa la decisión:

  • Los contribuyentes no están obligados a usar los equipos fiscales o facturación electrónica.
  • Aquellos que aún no hayan implementado su facturación electrónica, pueden utilizar su método de facturación actual.
  • Aquellos que ya ante la Dirección General de Ingresos, ya estén registrados como usuarios de facturación electrónica, deben presentar una "Actualización del Contribuyente", donde se modifique las obligaciones que este mantenga registrado.
  • El no estar obligado, no indica que no se puedan acoger voluntariamente o seguir usando por voluntad el método de facturación electrónica, siempre que este método aseguré la protección de datos de sus clientes.